“R E S O L U C I O N N° 19/08” Acta 1252 de fecha 10/03/08 Bases del pliego para la selección del Revisor de Normas Eléctricas "VISTO”: “Que de acuerdo con la Ley N° 7469 y su Decreto Reglamentario Nº 3473/07 debe cubrirse el cargo de revisor de las Instalaciones Eléctricas, para verificar el cumplimiento de las reglamentaciones de la Asociación Electrotécnica Argentina." "Y CONSIDERANDO”: "Que corresponde proceder a la búsqueda o requerimiento de quien ocupará el cargo, dándole carácter público ante la matrícula." "Que el futuro revisor además de las funciones propias impuestas por la Ley Nº 7469, deberá ejercer otras relacionadas con la especialidad o tareas que le solicite la Gerencia Técnica." “Por ello”: EL CONSEJO PROFESIONAL DE AGRIMENSORES, INGENIEROS Y PROFESIONES AFINES, “R E S U E L V E ” Articulo 1º: “Proceder a la selección de un profesional para cubrir el cargo de revisor para verificar la correcta aplicación de las Normas Eléctricas según las reglamentaciones de la Asociación Electrotécnica Argentina (AEA), conforme a las siguientes bases:” I - Criterio con que se encara la selección Se trata de seleccionar al profesional que, además de cumplir las funciones específicas que la Ley Nº 7469 y su decreto reglamentario Nº 3473/07 impone al Consejo, dictará cursos a la matrícula en capital e interior sobre la aplicación de las normas eléctricas, su vigencia o variaciones, y todo otro conocimiento de la especialidad. Además, cuando las circunstancias lo requieran deberá practicar inspecciones para verificar si la norma está correctamente aplicada en obra, redactando los informes que cada caso merezca. Realizará labores de esclarecimiento y toma de conciencia ante las autoridades de la Provincia, municipales de capital e interior , poniendo de manifiesto la gravedad del tema, y las obligaciones que origina la Ley Nº 7469, destacando la acción del Consejo en la prevención en este campo. Como complemento de todas estas funciones y de las que profesionalmente puedan estar relacionadas con esta especialidad de la ingeniería, prestará apoyo y colaboración al Gerente Técnico del Consejo en las funciones que a este le son propias, pudiendo a criterio del Consejo ser su reemplazante cuando tome licencia o se encuentre ausente por diversas razones." II - Condiciones a) Perfil: Para ejecutar con solvencia las funciones antes mencionadas, deberá estar consustanciado con las políticas del Consejo. Es preciso que el profesional a seleccionar cuente con amplios y sólidos conocimientos para verificar el cumplimiento de las Reglamentaciones aprobadas por la Asociación Electrotécnica Argentina (AEA) para el proyecto, ejecución y mantenimiento de las Instalaciones Eléctricas y su aplicación, tenga claras condiciones didácticas para tareas de capacitación, posea alguna experiencia administrativa y esté dotado de personalidad y autoridad como para que sus entrevistas con autoridades provinciales o municipales sean lo suficientemente esclarecedoras y positivas. Deberá, además, tener dominio de herramientas informáticas, redacción propia y preferentemente, no excluyente, dominio del idioma inglés. b) Título: Ingeniero matriculado, habilitado y con incumbencias y/o competencias específicas en las instalaciones eléctricas. c) Años de ejercicio profesional No menos de 5 (cinco) años de matriculado en este Consejo Profesional. d) Residencia Preferentemente en la Ciudad de Salta. e) Movilidad Deberá en lo posible contar con movilidad propia que le permita practicar sin inconvenientes las inspecciones de obra antes referidas. f) Horario a cumplir : Dedicación de 4 (cuatro) horas diarias durante los primeros 6 (seis) meses de prueba. Cumplido este período y resulta la confirmación en el cargo, se decidirá si la dedicación será Part-time o Full time. g) Viajes En estos casos se reconocerán los gastos de movilidad y los viáticos que se resuelvan. h) Dependencia administrativa Dependerá de la Gerencia Técnica i) Incompatibilidades De acuerdo al artículo 12° de la ley 4591 y en particular no podrá elaborar ningún Proyecto Eléctrico de Instalaciones Eléctricas en todo el territorio de la Provincia. j) Deberá contar con el aval de la AEA en relación al conocimiento de las normas. a) Tiempo de cumplimiento de las tareas Una vez seleccionado, se firmará un contrato por 6 (seis) meses a prueba. Revistiendo el honorario que se pacte el precio total de la locación y no creando más relación que la emergente de las cláusulas del contrato que en tal carácter se firmará, no dando derecho a cómputos de licencia, antigüedad o reconocimiento de sueldo anual complementario. La relación laboral que se convenga una vez resuelta la confirmación se establecerá mediante la firma de otro contrato con vigencia por 2 (dos) años. Durante la misma el profesional tendrá derecho a 10 (diez) días hábiles de licencia por año vencido de servicio.- El Consejo reconocerá un honorario mensual de $ 2.000 (Pesos dos mil) durante el período de prueba de seis meses. De dichos honorarios no se efectuará descuento alguno. Debiendo demostrar en cada oportunidad que se encuentra al día con el pago de su matrícula y con los aportes a la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Profesionales Afines y obligaciones impositivas. Cumplido este período y confirmado en el cargo, se reconocerá un haber neto mensual que se calculará oportunamente al momento de su inclusión a la planta permanente, más otro anual en carácter de compensación complementaria en la proporción que corresponda, pagadero en dos cuotas. III - Documentación a presentar a) Currículum Vitae. b) Acreditación de profesión, años de matriculación y pago al día del derecho de matrícula. c) Constancia de afiliación a la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Profesionales Afines, acreditando estar al día con sus aportes y no registrar deudas por ningún concepto. En caso de encontrarse contemplado/a dentro de las causales de excepción de aportes a la misma deberá presentar copia de respectiva resolución de la Caja. d) De ser afiliado a la Obra Social del Consejo, acreditación de estar al día en el pago de sus cuotas y de no registra deudas por otros conceptos. e) Constancia de inscripción y libre deuda de la AFIP. (En caso de resultar elegido) f) Constancia de inscripción y libre deuda de la DGR. (En caso de resultar elegido) IV - Entrevistas Se prevén entrevistas personales con aquellos aspirantes que en su presentación hayan cumplido con todos los requisitos exigidos en el punto III. Las presentaciones que no hayan cumplimentado todos los requisitos exigidos no serán consideradas. V - Recepción de las presentaciones Hasta el día 18 de abril de 2008 a las horas 18 en la sede del Consejo Profesional. Articulo 2º: “Publíquese tres días la requisitoria en el diario El Tribuno para el buen resultado de la selección a partir del día jueves 20 de marzo del corriente año.”
|